Alertas Jurídicas jueves , 21 noviembre 2024
Inicio » A Fondo Laboral » ¿Cámaras de vigilancia en el trabajo sin consentimiento? El Tribunal Constitucional lo avala

¿Cámaras de vigilancia en el trabajo sin consentimiento? El Tribunal Constitucional lo avala

Por Tania Pose. Abogada de ABA Abogadas. Especialista en Derecho de Familia y Derecho Laboral

El pasado mes de marzo el Tribunal Constitucional, en su sentencia de fecha 3 de marzo de 2016, sorprendía a propios y extraños dictaminando la posibilidad de instalar cámaras de vigilancia en el puesto de trabajo, sin que fuese necesario informar al trabajador y sin el consentimiento del mismo para ello. Desde ABA Abogadas, la abogada Tania Pose comenta el caso y las posibles razones para que se haya dictaminado en ese sentido.

Hasta ese momento, dicho Tribunal había avalado la instalación de cámaras de vigilancia en el puesto de trabajo, siempre que el trabajador fuese informado expresamente de que estaba siendo grabado y que prestase su consentimiento a ello. Sin embargo, este nueva sentencia rectifica la doctrina anterior, dando luz verde a que el empresario pueda instalar, como parte de la capacidad de vigilancia y control otorgada en el artículo 20.3 del Estatuto de los Trabajadores, cámaras de vigilancia en el centro de trabajo, aunque no cuente con el consentimiento expreso por parte del trabajador y sin que exista información específica sobre la grabación de imágenes.

El Tribunal Constitucional fundamenta este giro en su jurisprudencia en dos nuevas premisas:

1) En el ámbito laboral, se considera que el consentimiento del trabajador se entiende implícito por el mero hecho de firmar el contrato de trabajo. Es decir, que ya no es necesario que el trabajador manifieste expresamente su consentimiento a ser grabado en su puesto de trabajo.

2) Es suficiente con que exista una referencia informativa general sobre la existencia de cámaras de vigilancia en el centro de trabajo, aunque no se especifique concretamente el fin de las mismas.

Para entenderlo mejor es necesario recapitular sobre el caso enjuiciado por el Tribunal Constitucional, una empleada de una tienda de ropa en la que habían instalado cámaras de vigilancia en la zona de caja, fue despedida disciplinariamente por haberse apropiado indebidamente de una cantidad monetaria. Ni la trabajadora ni el resto de sus compañeras habían sido informadas expresamente de la instalación de las cámaras de vigilancia, aunque la empresa sí había colocado en un lugar visible del escaparate, un cartel en el que se advertía de la existencia de las mismas. La trabajadora, tras ver desestimada su demanda en primera y segunda instancia, acudió al Tribunal Constitucional en busca de amparo, que le fue nuevamente denegado al confirmar la procedencia del despido. El tribunal consideró suficiente la instalación  de un mero cartel en el escaparate, dirigido al público en general para superar el requisito informativo, así como que la trabajadora había prestado su consentimiento de forma tácita, por el mero hecho de haber firmado el contrato de trabajo, para superar el requisito del consentimiento.

Finalmente, el Constitucional matiza dicho giro jurisprudencial al afirmar que cualquier tipo de restricción a los derechos fundamentales de los trabajadores debe cumplir un triple requisito:

1) necesidad (sospechas razonables sobre el ilícito cometido por el trabajador),

2) idoneidad (método seleccionado susceptible de conseguir el objetivo propuesto)

3) y proporcionalidad (que la medida llevada a cabo proporcione más beneficios para el interés general del empleador que perjuicios al trabajador).

En conclusión

Tras este giro dado por el Tribunal Constitucional, nos encontramos ante un nuevo caso en el que los derechos de los trabajadores se ven relegados a un segundo plano, frente al “interés” de la empresa.

Deja un Comentario

Tu dirección de email no será publicada.

Contenidos relacionados

Ver Todos >>

Extinción de relación laboral de directivos: nulidad y vulneración de derechos fundamentales

Extinción de relación laboral de directivos: nulidad y vulneración de derechos fundamentales

SECCIÓN: A FONDO LABORAL AUTOR: José Domingo Monforte, socio director de Domingo Monforte Abogados Asociados TÍTULO: El trabajador ni ha incurrido en un descenso de su rendimiento, ni por supuesto en una transgresión de la buena fe contractual SUMARIO: Supuesto de hecho Nulidad del despido Incumplimiento del art. 55.1 del ET: defectos formales De la reclamación de cantidad Indemnización adicional ... Leer Más »

¿Punto final o punto y seguido para la reducción de la precariedad en el empleo público?

¿Punto final o punto y seguido para la reducción de la precariedad en el empleo público?

AUTOR: Antonio Benítez Ostos, Socio Director de Administrativando Abogados, despacho de abogados especialista en derecho administrativo Tres años es el plazo máximo en el que deben ejecutarse las ofertas de empleo público según el artículo 70 EBEP SUMARIO: Situación de partida: análisis de la normativa y jurisprudencia anterior al Real Decreto Ley 14/2021 Análisis del RD-Ley 14/2021 para la reducción ... Leer Más »

La carta de despido y su importancia para el devenir del procedimiento judicial

La carta de despido y su importancia para el devenir del procedimiento judicial

AUTOR: Rafael Rojas Fernández, socio de RSM Spain. EN BREVE: Todo procedimiento judicial de despido suele tener un origen común: la entrega de la carta extintiva al trabajador que se quiere desvincular. Ello debe hacernos entender que la forma y el contenido de una carta de despido puede marcar la diferencia entre ganar o perder un pleito. DESTACADOS: Debemos ser ... Leer Más »

Nulidad de despidos COVID un análisis jurisprudencial

Nulidad de despidos COVID un análisis jurisprudencial

AUTORA: Sonia Pérez Sanclemente, Abogada laboralista en CECA MAGÁN ABOGADOS EN BREVE: Con motivo de la irrupción de la pandemia derivada del COVID-19, hace ya más de un año, en marzo de 2020, el poder legislativo del Estado se vio ante la imperante necesidad de adoptar medidas de diversa índole en muchos sectores, especialmente el económico y el laboral, con ... Leer Más »

Prohibición de despedir: un análisis jurídico

Prohibición de despedir: un análisis jurídico

AUTORA: Elena Ramírez, Abogada de Gaona, Palacios y Rozados Abogados EN BREVE: El R.D.-Ley 9/2020, de 27 de marzo, por el que se adoptan medidas complementarias, en el ámbito laboral, para paliar los efectos del COVID-19, vigente desde 27/03/2020 en su artículo 2 dispone textualmente: «La fuerza mayor y las causas económicas, técnicas, organizativas y de producción en las que ... Leer Más »

Ver más contenidos en esta categoría >>

Comparte este artículo

¡Comparte este contenido con tus amigos!

Fiscal & Laboral al día