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Sentencias Laborales
Para que una relación pueda ser calificada de especial de alta dirección resulta imprescindible que la empresa tenga una dimensión y estructura suficiente
No es admisible el uso del contrato por obra o servicio determinado cuando las labores a realizar son las inherentes a la entidad pública para la que se prestan los servicios
En el caso de que la jornada de trabajo haya pasado temporalmente a ser a tiempo completo la indemnización en caso de despido habrá de tener en cuenta únicamente la jornada a tiempo parcial
No hay aquí contrato de trabajo puesto que falta un marco de organización y dirección impuesto desde fuera a la persona que presta sus servicios y que posee el 36% del capital social
En los caso de realización de trabajos en régimen de dependencia no calificables como alta dirección sino como relación de trabajo común cabe admitir el desarrollo simultáneo de cargos
En el caso de la Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos puede acudirse al sistema de contrato temporal de interinidad a extinguir en el momento de la finalización del proceso de selección.
Los profesores de enseñanza de religión por cuenta y orden de la Junta de Comunidades tienen derecho a la indemnización por finalización de contrato prevista en el artículo 49.1.c del Estatuto de los Trabajadores
Es nula la renuncia unilateral por el empresario al pacto de prohibición de competencia con el empleado para después de extinguida la relación laboral
Se produce una cesión ilegal de mano de obra cuando la empresa principal controla el funcionamiento diario de la empresa que formalmente presta los servicios