OBLIGACIÓN EMPRESARIAL DE HABILITAR LOCAL-COMEDOR
Sentencia del Tribunal Supremo de 26 de diciembre de 2011. Vigencia del Decreto 8-junio-1938 y la Orden ministerial 30-junio-1938. Obligación empresarial de habilitar un local-comedor si los trabajadores a pesar de la interrupción horaria de dos horas, por las circunstancias concurrentes, no disponen efectivamente de dos horas como mínimo para el almuerzo o comida restando con tal fin un tiempo sustancialmente menor.
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