Sentencia del Tribunal Supremo de 24 de enero de 2012. Subsidio de Desempleo para trabajadores que retornan a España y suscriben un convenio especial. Sólo cabe el acceso al subsidio por parte de los emigrantes retornados cuando reúnan ciertos requisitos. Las cotizaciones efectuadas a través del Convenio especial no incluyen las correspondientes al desempleo.
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