AUSENCIAS AL TRABAJO
Despido objetivo por faltas de asistencia al trabajo. Aplicación temporal de la regulación del despido objetivo contenida en el RDL 3/2012. Las ausencias al trabajo que se producen en una fecha anterior a la entrada en vigor del RDL no pueden ser tenidas en cuenta para aplicar las nuevas reglas. Reitera doctrina contenida en Sentencias de 16 octubre 2013 (rcud.446/2013), 3 diciembre 20913 (rcud. 737/2013) y 10 diciembre 2013 (rcuds. 802/2013, 790/2013 y 1041/2013). Sentencia del Tribunal Supremo de 18 de junio de 2014.
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