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Directiva sobre secretos comerciales. Importantes consecuencias sin que España todavía la haya traspuesto

El 8 de Junio de 2016, entró en vigor en la UE la importante Directiva sobre Secretos Comerciales: Directiva (UE) 2016/943. Su objetivo es proteger el conocimiento no divulgado y la información comercial (secretos comerciales). Todavía no ha sido traspuesta en España.

La nueva Directiva unifica las reglas de un área carente de una buena protección, a nivel de la Unión Europea. Muchos países de la Unión tenían normas para proteger los secretos empresariales. España tiene una buena Ley de Competencia Desleal, que se aplica desde hace más de veinte años. Pero las reglas no armonizadas diferían de un país a otro.

La Directiva de Secretos Empresariales armoniza las normas comunitarias y nacionales sobre secretos empresariales. España ha agotado el período de trasposición de la Directiva, sin haberlo hecho. La Directiva establece una protección mínima a escala de la Unión Europea junto con normas generales de interpretación.

FUNCIONAMIENTO DE LOS SECRETOS COMERCIALES

La Directiva insiste en que los Estados miembros pueden tener normas más estrictas para defender los secretos comerciales; ésta sólo fija una protección mínima. Repite que la protección de know how no puede afectar / limitar: la libertad de expresión; ni el derecho de los empleados a utilizar sus conocimientos (que no sean un secreto), ni su experiencia o habilidades.

¿Qué es Secreto Empresarial? 

El Artículo 2 de la Directiva incluye importantes definiciones. Por ejemplo, define “Secreto Empresarial”, como información:

Desconocida o no fácilmente accesible en los círculos en que normalmente se use esta información;

Con valor comercial como secreto; y

Mantenida como secreto, adoptando las medidas de protección razonables.

Esta formulación es similar a anteriores definiciones de qué sean conocimientos técnicos protegibles, ya emitidas por los tribunales de la UE.

La Directiva (Artículo 3) considera que la adquisición de secretos comerciales es lícita, cuando se hace a través de:

Descubrimiento o creación independientes. Por tanto, no se considera ilegal (a diferencia de en patentes o diseños) la llegada independiente al mismo resultado.

Estudio, desmontaje o prueba de productos accesibles al público o adquiridos legal y libremente. Por lo tanto, la ingeniería inversa no está prohibida.

La Directiva somete estas consideraciones a la legislación de los Estados miembros. Por tanto, considerará adquisición legal lo que la ley nacional considera legítima.

¿Adquisición Ilegal de un Secreto Comercial? 

El Artículo 4 considera ilegal:

La adquisición de un secreto comercial sin el consentimiento de su titular, si se hace a través de:

– Acceso no autorizado a documentos, objetos, materiales, sustancias o archivos electrónicos, relacionados con el secreto comercial.

– Actividades contrarias a “prácticas comerciales honestas”.

El uso / divulgación de un secreto comercial, sin el consentimiento de su propietario si:

– Se adquirió ilegalmente.

– Se infringe un acuerdo de confidencialidad; u otra obligación de no divulgación.

Estas prohibiciones de adquirir, utilizar y divulgar no requieren mala fe-  Incluyen los casos en que la persona involucrada debía saber que era ilegal utilizar el secreto comercial.

También cubren la producción, oferta o puesta en el mercado de mercancías infractoras.

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