Se establece la exención en el IRPF de las indemnizaciones satisfechas por el cese o despido del trabajador en los límites del Estatuto de los Trabajadores ¢ Cuando se trata de una relación laboral de alta dirección la indemnización por desistimiento del empresario queda sujeta al IRPF ¢ En el supuesto de despido improcedente la totalidad de la indemnización queda exenta de tributación. ¢ Para que la indemnización quede exenta se exige que la desvinculación con la empresa sea total.
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