Alertas Jurídicas jueves , 21 noviembre 2024
Inicio » A Fondo » EL I.V.A. Y LAS ADJUDICACIONES DE BIENES EN SUBASTAS

EL I.V.A. Y LAS ADJUDICACIONES DE BIENES EN SUBASTAS

 


1. Introducción


 


Como es bien sabido, en el caso de subastas judiciales o administrativas cuando los bienes o derechos objeto del procedimiento de ejecución son titularidad de empresarios o profesionales y además están afectos a su actividad, o son de sociedades mercantiles, dichas operaciones quedan sujetas al I.V.A. como entrega de bienes o prestaciones de servicios, por lo que el ejecutado, que es el transmitente a pesar de mediar en esa transmisión forzosa un órgano judicial o administrativo, está obligado y facultado para:


 


1º .- Repercutir el oportuno I.V.A., si dicha operación sujeta no queda exenta – plena o menos plena -.


2º .- Podría renunciar a la exención, en los términos previstos en el artículo 20.2 L.I.V.A. y 8 R.I.R.P.F.


3º .- Debería efectuar el ingreso de la oportuna cuota, teniendo en cuenta que la base imponible será el valor de remate obtenido.


 


                Dichas obligaciones y derechos del ejecutado, en la práctica, chocaban con la reticencia del mismo, en caso de ejecuciones singulares, puesto que no es común que quisiera emitir factura de ningún tipo, ni se encontrara como para renunciar a exención alguna, o de los síndicos en procedimientos de ejecución universal – concursos y quiebras – que, de igual forma, se negaban a girar las oportunas facturas.


 


Ello provocaba un grave perjuicio al adjudicatario de esos bienes o derechos que, por un lado, al no tener factura no podía deducirse el I.V.A. soportado, y por otro, en el caso de adjudicación de bienes inmuebles, siempre debía de satisfacer el concepto Transmisiones Patrimoniales Onerosas del Impuesto Sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, cuya cuota, al no poder ser deducida, encarecía el precio de remate.


 

#ads1{display: none !important;}
#ads2{display: none !important;}
#ads3{display: none !important;}
#ads4{display: none !important;}
/*.code-block {display: none !important;}*/
#economist-inarticle{display: none !important}
#publicidad{display:none;}

#cortardivhglobal{display: none !important;}

¿Quieres seguir leyendo?

Suscríbete a Fiscal al día desde

4.90€/mes+ IVA

Lo quiero



¿Quieres seguir leyendo?

Suscríbete a Fiscal al día desde

4.90€/mes+ IVA

Contenidos relacionados

Ver Todos >>

Sobre el ejercicio del derecho de opción por el trabajador y el FOGASA

Sobre el ejercicio del derecho de opción por el trabajador y el FOGASA

AUTOR: Pedro Tuset del Pino, Magistrado-Juez de lo Social de Barcelona EN BREVE: Debe tenerse en cuenta que el legislador ha previsto que en el supuesto de no optar el empresario por la readmisión o la indemnización se entiende que procede la primera SUMARIO: La opción efectuada por el trabajador (art. 110.1.b) LRJS) La opción efectuada por el empresario (art. ... Leer Más »

El impuesto sobre vehículos de tracción mecánica. La picaresca de los ayuntamientos que esta dando lugar a “Paraísos fiscales”

El impuesto sobre vehículos de tracción mecánica. La picaresca de los ayuntamientos que esta dando lugar a “Paraísos fiscales”

SECCIÓN: A FONDO FISCAL TÍTULO: El impuesto sobre vehículos de tracción mecánica. La picaresca de los ayuntamientos que esta dando lugar a “Paraísos fiscales” AUTOR: Redacción Fiscal & Laboral al día SUMARIO: Introducción Sujeto pasivo y cuota tributaria Bonificaciones Los ayuntamientos y la picaresca Conclusiones EN BREVE: La gestión, liquidación, inspección y recaudación, así como la revisión de los actos ... Leer Más »

Ver más contenidos en esta categoría >>

Comparte este artículo

¡Comparte este contenido con tus amigos!

Fiscal & Laboral al día