Juan López, SalamancaEl inquilino del bar va a vender a través del traspaso su derecho de arrendamiento. Si el propietario ejerce el derecho de tanteo sobre la venta del derecho de traspaso, será al propietario a quien tendrá que vender el inquilino del bar. El inquilino está transmitiendo un derecho a cambio de un precio y se trata de una operación sujeta y no exenta de IVA en concepto de prestación de servicios por lo que el inquilino queda obligado a repercutir el IVA aplicando el tipo de gravamen del 16% y emitiendo la factura correspondiente.
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