El Boletín Oficial del Estado publicó ayer la orden que desarrolla el real decreto ley de 30 de marzo por el que se da vía libre a la amnistía fiscal, incluso para las cantidades en efectivo de las que se sea titular antes de diciembre de 2010, con el simple pago a Hacienda de un 10% del importe o valor de adquisición de los bienes o derechos regularizados, sin ningún tipo de sanción, interés ni recargo.
Los contribuyentes que deseen ponerse al día con Hacienda tendrán de plazo hasta el 30 de noviembre y los trámites tendrán carácter reservado.
Podrán presentar esta declaración tributaria especial los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, del Impuesto sobre Sociedades o del Impuesto sobre la Renta de no Residentes.
Se trata de la tercera amnistía fiscal de la historia de la democracia española, aunque las dos anteriores, en 1984 y 1991 fueron realizadas por gobiernos socialistas.
Fuente: ABC