Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña de 8 de septiembre de 2004
En este expediente, el T.S.J. estima el recurso contencioso-administrativo promovido por los recurrentes, contra la resolución estimatoria en parte de la reclamación interpuesta en relación con liquidaciones provisionales giradas en concepto de I.R.P.F., declarando su nulidad.
Así, manifiesta la Sala que la opción de la actora por el mantenimiento durante un determinado plazo de la propiedad de las acciones enajenadas, difiriendo así la manifestación del incremento patrimonial susceptible de integrar la base imponible de su Impuesto sobre la Renta, buscada sin duda legítimamente como situación jurídica sometida al tratamiento fiscal más favorable, debe acogerse como válida y reconocida en la norma entonces vigente, según demuestra por lo demás la propia modificación normativa operada – concretamente, la del Real Decreto 1/1989 -, dirigida precisamente a suprimir dicha posibilidad para momentos posteriores.
Base de Datos Fiscal& Laboral al Día, Jurisprudencia Contencioso-Administrativa, Marginal 194645
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