Alertas Jurídicas jueves , 21 noviembre 2024
Inicio » Sentencias Fiscal » Es válido y debe ser atendido el requerimiento de información realizado a una entidad cuya sede central se encuentra fuera de la provincia emisora del mismo.

Es válido y debe ser atendido el requerimiento de información realizado a una entidad cuya sede central se encuentra fuera de la provincia emisora del mismo.

Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia de 31 de octubre de 2002

 


Se impugna en este recurso la resolución desestimatoria del recurso de reposición formulado por la entidad demandante, Mapfre Mutualidad de Seguros y Reaseguros a Prima Fija, contra el requerimiento efectuado a la misma recabando información sobre datos relativos a Mediadores de Seguros, a efectos de gestión del Impuesto sobre Actividades Económicas.


 


La demandante argumenta que el requerimiento de información infringe lo prevenido en el artículo 8.3 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas locales, por incompetencia territorial, ya que, constituyendo una actuación en materia de Inspección, la misma se está efectuando fuera de la provincia de A Coruña, aunque lo sea en relación con tributos propios de dicha Comunidad, y ello debido a que la entidad aseguradora tiene su domicilio social y fiscal en Majadahonda (Madrid), lugar donde se encuentra centralizada la dirección y gestión de su negocio y desde donde deberá darse contestación, en su caso, al requerimiento de información formulado.


 


Alega la actora que dicho requerimiento sería nulo, al dirigirse a una entidad domiciliada fuera de la provincia, con independencia de que el requerimiento fuera notificado en una oficina sucursal de la misma, en base a lo dispuesto por el artículo 62.1 b) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.


 


No obstante, el fallo afirma que la demandante no tiene razón, ya que el artículo 8.3 de la Ley reguladora de las Haciendas locales, en cuanto dispone:


 


í¬las actuaciones en materia de Inspección o recaudación ejecutiva que hayan de efectuarse fuera del territorio de la respectiva entidad local en relación con los tributos propios de ésta, serán practicadas por los órganos competentes de la correspondiente Comunidad Autónoma cuando deba realizarse en el ámbito territorial de ésta, y por los órganos competentes del Estado en otro caso, previa solicitud del Presidente de la Corporacióní®


 


se refiere a la colaboración institucional entre todas las Administraciones Tributarias, y el auxilio de colaboración que allí se prevé se refiere a aquellas actuaciones inspectoras o recaudatorias que exijan su materialización o ejecución fuera del ámbito territorial-competencial de la Administración Tributaria de que se trate, pero no a aquellas actuaciones, como las de orden informativo, que simplemente requieren una colaboración informativa, sea del contribuyente o de un tercero, como es el caso en el que la información requerida se refería a la remisión de una relación, con nombre social y N.I.F. o C.I.F., de Agentes y/o Corredores de Seguros, tanto personas físicas como jurídicas, a las que se les hubiera abonado comisiones e incluido en el Resumen Anual de retenciones e ingresos a cuenta del I.R.P.F. en los años 1993 a 1996.


 


En base a ello, la Sala desestima el recurso y declara la procedencia del requerimiento de información a la entidad aseguradora realizado.


 

#ads1{display: none !important;}
#ads2{display: none !important;}
#ads3{display: none !important;}
#ads4{display: none !important;}
/*.code-block {display: none !important;}*/
#economist-inarticle{display: none !important}
#publicidad{display:none;}

#cortardivhglobal{display: none !important;}

¿Quieres seguir leyendo?

Suscríbete a Fiscal al día desde

4.90€/mes+ IVA

Lo quiero



¿Quieres seguir leyendo?

Suscríbete a Fiscal al día desde

4.90€/mes+ IVA

Contenidos relacionados

Ver Todos >>

JURISPRUDENCIA FISCAL DICIEMBRE 2020-ENERO 2021

JURISPRUDENCIA FISCAL DICIEMBRE 2020-ENERO 2021

No cabe condicionar la exención por reinversión de la ganancia derivada de la venta de la vivienda habitual en el IRPF a la entrega de la futura vivienda No cabe exigir al responsable subsidiario un recargo de apremio cuando otro responsable subsidiario ha solicitado el aplazamiento o fraccionamiento de la deuda en el periodo voluntario de pago Atendiendo al carácter ... Leer Más »

JURISPRUDENCIA FISCAL NOVEMBRE 2020

JURISPRUDENCIA FISCAL NOVEMBRE 2020

El Tribunal Supremo dice que el impuesto valenciano de actividades sobre el Medio Ambiente no vulnera los principios de generalidad, igualdad y capacidad económica ni el derecho de la UE  La escisión de los inmuebles de una entidad dedicada a la hostelería a favor de otra del grupo que se los arrienda, puede acogerse al régimen especial del IS de ... Leer Más »

JURISPRUDENCIA FISCAL

JURISPRUDENCIA FISCAL

JURISPRUDENCIA FISCAL MAYO 2020 El TS se pronuncia sobre el denominado “céntimo sanitario” El TSJ de Galicia se pronuncia sobre autoliquidación del IRPF El TSJ de Galicia se pronuncia sobre la liquidación del Impuesto de TP y AJD     TRIBUNAL SUPREMO   CÉNTIMO SANITARIO   PRIMERO.- La representación procesal de la entidad AUTOCARES SIERRA   BERMEJA, S.L. interpuso ante esta ... Leer Más »

Jurisprudencia Fiscal

Jurisprudencia Fiscal

JURISPRUDENCIA FISCAL ABRIL 2020   El TS se pronuncia sobre el concepto de operaciones accesorias a efectos de prorrata en el IVA   El TS exige el análisis de las cláusulas modificativas del contrato de crédito para determinar su sujeción a AJD   El TS concreta el dies a quo del plazo de prescripción de la regularización de la exención ... Leer Más »

Ver más contenidos en esta categoría >>

Comparte este artículo

¡Comparte este contenido con tus amigos!

Fiscal & Laboral al día