APROVECHAMIENTO POR TURNOS DE BIENES DE USO TURÍSTICO. Sentencia de la Audiencia Nacional de 13 de febrero de 2012. Rendimientos de bienes inmuebles situados en territorio español. Existencia de hecho imponible por cesión del derecho de aprovechamiento por turno y valoración de los rendimientos percibidos conforme al precio de mercado. Con arreglo a la legislación española los socios de un club de aprovechamiento por turno de bienes inmuebles no ostentan la propiedad de los mismos.
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