Aplicación del régimen especial de las agencias de viaje a las operaciones de ventas de reservas de plazas hoteleras a otras agencias minoristas. Dichas operaciones están excluidas de la aplicación del Régimen Especial del Impuesto. Tanto la normativa comunitaria como la ley nacional sobre el IVA exigen, para la aplicación del régimen especial de las agencias de viajes, como requisito que la agencia utilice para la realización del viaje entregas o prestaciones de servicios de otros empresarios o profesionales, esto es, de otros sujetos pasivos del IVA. Sentencia de la Audiencia Nacional de 2 de diciembre de 2013.
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