La Agencia Tributaria ha iniciado el pasado 2 de mayo la Campaña de Renta 2004 – salvo en Madrid que se inició el miércoles 4 de mayo – y se extenderá hasta el próximo 30 de junio para todas las declaraciones, con resultado positivo o negativo. Se prevé u
Para contactar con la Agencia existen los siguientes teléfonos:
-Información tributaria básica: 901.33.55.33.-Renta asistencia: 901.200.345.- Servicio Automático: 901 12 12 24. – Solicitud y confirmación de borrador, etiquetas, consulta de devoluciones I.V.A. y Sociedades -.Según las previsiones de la Agencia Tributaria, se presentarán un total de 15.934.000 declaraciones, un 4,06% más que el año pasado, con más de 620.000 nuevos declarantes. Por su parte, las declaraciones a ingresar ascenderán a 3.351.310, un 4,65% más, por un total de 5.699 millones, mientras que las declaraciones negativas – que no salen ni a devolver ni a ingresar – ascenderán a 120.000, un 5,66% menos.De este modo, la cuota diferencial neta arrojará un saldo negativo de 3.993 millones, lo que supone una diferencia del 5,81% frente a los 3.773 millones registrados en el ejercicio precedente. La Agencia Tributaria atribuye la tendencia a que aumente el porcentaje de devoluciones al incremento de las deducciones por vivienda y a las aportaciones de Planes de Pensiones, así como a las declaraciones conjuntas con cónyuge a cargo.Las declaraciones individuales alcanzarán las 11.114.000, un 4,8% más, mientras que las conjuntas se incrementarán un 2,4%, hasta los 4.820.000. En cuanto al Impuesto sobre el Patrimonio, cedido a las Comunidades Autónomas, se prevén 910.000 declaraciones y una cuota a ingresar de 1.110 millones de euros.NovedadesPor primera vez este año, las devoluciones a declarantes del I.R.P.F. han comenzado en abril quince días antes de iniciarse el plazo para presentar la declaración, un adelanto que se ha podido producir para los obligados a declarar que han elegido la vía de confirmación del borrador de Renta.A 25 de abril, la Agencia Tributaria había realizado ya 200.000 devoluciones por un importe de 87 millones de euros mediante este sistema, y ha confirmado un total de 300.000 borradores, 200.000 más que en la misma fecha del año pasado, se han recibido ocho millones y medio de solicitudes de borrador o datos fiscales y se han enviado más de tres millones de borradores.Otra de las principales novedades de la campaña de este año es la obligatoriedad de incluir en la declaración el número de referencia catastral, ya sea la vivienda en alquiler o en propiedad, que tiene como principal objetivo reforzar el control sobre los ingresos por arrendamiento y permitir que se crucen los datos de arrendador y arrendatarios.Para ello, la declaración del I.R.P.F. incluye nuevas casillas para identificar si el domicilio habitual es vivienda en propiedad o alquilada y para incluir el número de referencia catastral de todos los inmuebles. Para agilizar el trámite, a través del Programa PADRE se podrá acceder por Internet a la web del Catastro, para conocer la referencia catastral que corresponde a cada vivienda.También por primera vez, determinados justificantes en el proceso de comprobación de la declaración podrán presentarse a través de Internet con firma electrónica. De este modo, se ha creado el Registro Electrónico, que permite aportar escaneados los documentos solicitados por la Administración sin que el contribuyente tenga que desplazarse a una oficina de la Agencia Tributaria. Por primera vez, un contribuyente podrá realizar absolutamente todos los pasos de su declaración de la renta a través de Internet.Asímismo, a partir de este año existe la posibilidad de domiciliar el pago del primer plazo del I.R.P.F. o de todo el impuesto – si no se fracciona en dos plazos -, y se pasará el cobro el último día de la campaña de renta, mientras que el segundo plazo se podrá abonar hasta el 7 de noviembre.La domiciliación es posible al confirmar el borrador o en la declaración del I.R.P.F. que se presenta por Internet, o mediante cita previa en las oficinas de la Agencia Tributaria y Comunidad Autónoma para su inmediata presentación telemática. También se puede domiciliar al confirmar por teléfono el borrador y en las declaraciones del Impuesto sobre el Patrimonio que se presenten telemáticamente. En el caso de que se domicilie el primer plazo o todo el pago, la declaración debe presentarse antes del 23 de junio para que haya tiempo para gestionar el cobro.
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