Así lo ha dictaminando en sus conclusiones la Abogado General Kokott en el asunto C-390/15 Rzecznik Praw Obywatelskich (RPO) que se sigue en el Tribunal de Justicia de la UE, al considerar que la exclusión de los libros, periódicos y revistas digitales suministrados electrónicamente del tipo reducido del impuesto sobre el valor añadido es compatible con el principio de igualdad de trato.
De conformidad con la Directiva del impuesto sobre el valor añadido (en lo sucesivo, «Directiva del IVA»), los Estados miembros pueden aplicar un tipo reducido del impuesto sobre el valor añadido (en lo sucesivo, «IVA») a las publicaciones impresas como libros, periódicos y revistas. 3 Por el contrario, las publicaciones digitales deben someterse al tipo impositivo normal, con excepción de los libros digitales, en la medida en que se suministren mediante un soporte físico como, por ejemplo, un CD-ROM.
En el asunto sometido al TJUE, el Trybunał Konstytucyjny (Tribunal Constitucional, Polonia), a instancias del Rzecznik Praw Obywatelskich (Defensor del Pueblo, Polonia), duda de la validez de dicha norma. Por un lado, duda de si la distinta tributación es compatible con el principio de igualdad de trato; por otro, se pregunta si el Parlamento Europeo participó suficientemente en el procedimiento legislativo.
La Abogado General Juliane Kokott llegó en sus conclusiones al resultado de que la Directiva del IVA es válida en la medida en que reserva el tipo impositivo reducido a los libros, periódicos y revistas impresos y a los libros digitales que se suministran mediante un soporte físico.
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