Alertas Jurídicas jueves , 21 noviembre 2024
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LA DETERMINACIÓN DEL RENDIMIENTO NETO EN EL RÉGIMEN DE ESTIMACIÓN OBJETIVA (I)

á          El legislador quiso simplificar el cálculo del rendimiento neto derivado de actividades económicas, pero ha logrado justamente lo contrario.


á          Los rendimientos de actividades empresariales pueden calculares a través de varios métodos: el método de estimación directa en su modalidad normal o simplificada y el método de estimación objetiva por índices, signos o módulos.


 


á          Los módulos definidos para las distintas actividades y los rendimientos netos anuales por unidad de los mismos aplicables son los recogidos en el Anexo II de la Orden correspondiente.


 


á          La Orden de 30 de marzo de 2000, debido a la subida del precio del gasóleo que afecta al sector del transporte, ha reducido los módulos inicialmente aprobados para 1999 y prevé la revisión de los aprobados para el año 2000.


 


á          Si existe una utilización parcial del módulo en la actividad, el valor a computar será el que resulte de su prorrateo en función de su utilización efectiva.


 


á          Existe una batería de medidas jurídicas e incentivos fiscales destinadas a fomentar la contratación y mantenimiento del empleo.


 


á          El rendimiento neto minorado es el resultado de reducir el rendimiento neto previo en el importe de los incentivos al empleo y a la inversión.


 


á          Uno de los elementos fundamentales de cuantificación de la estimación objetiva consiste en el número de personas asalariadas.


 


á          Las amortizaciones en el régimen de estimación objetiva deben calcularse, de manera exclusiva, de lo que resulte de las tablas de amortización y de las reglas para su aplicación.


 


á          A partir del ejercicio 2000, el rendimiento neto calculado por estimación objetiva se incrementa únicamente en las subvenciones, corrientes o de capital, recibidas.


á          Las Leyes de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social para 2001 y 2002 no han establecido ninguna reducción legal de carácter general.


á          Estamos un cálculo sólo reservado a especialistas que hace imposible, en la práctica-, que sea autoliquidado.

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