Alertas Jurídicas viernes , 27 diciembre 2024
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La DGT acepta la motivación de la escisión para facilitar la sucesión y el relevo generacional

La Dirección General de Tributos (DGT) ha emitido una consulta vinculante que ayuda a que la siguiente generación de una compañía recoja el testigo de forma civilizada y salvaguarde los intereses de la firma.
Con su interpretación, Tributos facilita que se creen dos sociedades que canalicen los proyectos de las dos sucesoras de la compañía, en virtud del régimen especial de las operaciones de fusión que prevé el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades (TRLIS).
Planteó la consulta una sociedad propiedad de un matrimonio y sus dos hijas, que se dedica al alquiler de inmuebles, y que dispone de un local exclusivamente dedicado a esta actividad. Esta empresa pretende realizar una escisión total, mediante la cual se crearían dos sociedades, y a cada una de ellas se asignaría un conjunto de inmuebles.
Según explicó la sociedad, no se trataría de una escisión subjetiva, ya que los socios mantendrían las mismas proporciones en las sociedades beneficiarias. Adicionalmente la sociedad A pasaría a estar dirigida por una de las hijas y la sociedad B por la otra. El objetivo es simplificar la sucesión y facilitar el relevo generacional evitando conflictos entre las hijas. De esta manera, cada sociedad beneficiaria sería dirigida de forma diferenciada, lo que permitiría una gestión y toma de decisiones mucho más dinámica, sin diferencias de criterio y posibles conflictos, ya que ambas hermanas pretenden llevar a cabo políticas empresariales diferentes desde el punto de vista de gestión de inmuebles, de proveedores o de política financiera. Además, vía testamentaria, cada hija heredaría las participaciones de las sociedades beneficiarias que dirigen, de manera que no se generarían conflictos derivados de una gestión conjunta de la entidad consultante, en caso de sucesión mortis causa.
La DGT recuerda que el fundamento del régimen especial (de las fusiones, escisiones, aportaciones de activos y canje de valores) reside en que “la fiscalidad no debe ser un freno ni un estímulo en la toma de decisiones de las empresas sobre reorganización, cuando la causa que la impulsa se sustenta en motivos económicos válidos, en cuyo caso la fiscalidad quiere tener un papel neutral”. (Fuente: Diario Expansión)

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