1. Exenciones por transmisión de la vivienda habitual
La transmisión de la vivienda habitual es susceptible de generar una ganancia de patrimonio a efectos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del transmitente. Se cuantifica la ganancia de patrimonio por la diferencia entre el valor de transmisión menos el valor de adquisición actualizado.
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