En breve:
Tras la aprobación de la Ley 3/2012, de 6 de julio de reforma del mercado laboral que sustituye al Real De-creto Ley 3/2012 con el mismo nombre, en el presente artículo se analizan las enmiendas introducidas en el texto definitivo de la reforma laboral durante su trami-tación parlamentaria.
Sumario:
• Favorecimiento de la empleabilidad
• Fomento de la contratación indefinida y del empleo
• Flexibilidad interna de las empresas
• Eficiencia del mercado de trabajo y reducción de la dualidad laboral
• Otras normas de interés
El texto definitivo de la reforma laboral contenido en la Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral fue publicado con fecha 7 de julio de 2012 en el Boletín Oficial del Estado. La referida ley 3/2012 sustituye al Real Decreto-ley 3/2012, de fecha 10 de febrero.
Durante su tramitación parlamentaria, el texto del Real Decreto Ley ha sufrido una serie de enmiendas parciales, que suponen, en unos casos mejoras técnicas, en otros, correcciones de redacción por razones gramaticales, y finalmente otras suponen la introducción de modificaciones sustanciales.
Únicamente a las novedades más relevan-tes introducidas por la Ley 3/2012 y, de carácter sustantivo, son las que haremos objeto de atención en el presente artículo.
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