Javier Martín Fernández. Socio Director de F&J Martín Abogados. Catedrático de Derecho Financiero y Tributario de la Universidad Complutense de Madrid.
Sumario
- Los países de nuestro entorno económico
- La DAC 6: la Directiva de los intermediarios fiscales
- Los países de nuestro entorno económico
La relación cooperativa se construye por parte de una serie de trabajos de colaboración internacional, fundamentalmente impulsados, desde 2006, por el Foro de Administración Tributaria de la OCDE (en adelante, FTA). Esta expresión se utiliza, básicamente, para referirse a determinadas estrategias que distintas Administraciones tributarias han puesto en práctica en aras de obtener, de las grandes organizaciones, una actitud más cooperativa, disminuir la litigiosidad e incrementar la recaudación.
El modelo toma forma en dos documentos del FTA: El papel de los intermediarios fiscales de 2008 y La relación cooperativa: Un marco de referencia: De la relación cooperativa al cumplimiento cooperativo de 2013. Este último pasa revista a los avances en la aplicación del concepto de cumplimiento cooperativo en los cinco años transcurridos desde la publicación del primero. Por último y en 2018, se ha puesto en marcha el Programa internacional de cumplimiento y aseguramiento de riesgos fiscales, conocido por sus siglas en inglés, ICAP, con el objetivo de mejorar los niveles de seguridad jurídica a través de un mecanismo de cooperación multilateral que coordina el análisis de riesgos tributarios internacionales, por parte de distintas Administraciones, en relación con grupos de organizaciones obligadas a presentar el informe país por país.
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