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Las Comunidades Autónomas podrán subir el Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte y el Impuesto Minorista sobre Hidrocarburos

Con los recursos adicionales obtenidos podrán financiar el mayor gasto sanitario que han de financiar las propias Comunidades

 

Las Comunidades Autónomas son competentes para obtener la recaudación del Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte y del Impuesto Minorista sobre Hidrocarburos y tienen la capacidad de fijar los tipos de gravamen correspondientes dentro de ciertos márgenes.

 

Con la aprobación de la Ley 25/2006, se amplía el margen de maniobra de las Comunidades Autónomas que podrán elevar más el tipo de gravamen aplicable

 

En el caso de las Comunidades Autónomas Peninsulares y de la Comunidad Autónomas de Islas Baleares, para los vehículos automóviles de turismo de cilindrada inferior a 1.600 centímetros cúbicos si están equipados con motor de gasolina o de cilindrada inferior a 2.000 centímetros cúbicos si están equipados con motor diésel, el tipo de gravamen podía del 7 al 7,70%. A partir de ahora los tipos pueden ir del 7 al 8,05%. Por lo que respecta al resto de medios de transporte, los tipos podían ir del 12 al 13,20% y a partir de ahora podrán ir del 12 al 13,80%.

 

Para el caso de las Islas Canarias, los porcentajes iban del 6 al 6,60% y ahora han pasado a porcentajes que van del 6 al 6,90%, por un lado, y de porcentajes que iban del 11 al 12,10% a los actuales 11 al 12,65%, por otro lado.

 

En relación con el Impuesto Minorista sobre Hidrocarburos, las Comunidades Autónomas tienen derecho a establecer unos tipos de gravamen complementarios a los fijados por el Estado. Estos tipos de gravamen se han elevado para 2006. Así, en el caso de las gasolinas los tipos podrán ir de 0 hasta 48 euros por 1.000 litros (hasta 24 euros hasta ahora); los gasóleos de uso general podrán ir de 0 hasta  48 euros por 1.000 litros (hasta 24 euros hasta ahora); los gasóleos de usos especiales y de calefacción de 0 hasta 12 euros por 1.000 litros (hasta 6 euros hasta ahora); fuelóleo desde 0 hasta 2 euros por tonelada (hasta 1 euro hasta ahora); y queroseno de uso general desde 0 hasta 48 euros por 1.000 litros (hasta 24 euros hasta ahora).

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