Las reformas tributarias para impulsar la productividad siguen superando obstáculos en su tramitación parlamentaria. Hace unos días, el pleno del Congreso de los Diputados rechazó la única enmienda a la totalidad del Proyecto de Ley presentada por el Part
Ahora, en la fase de ponencia, la mayoría parlamentaria que sustenta el Gobierno está sacando adelante el texto que, entre otras novedades, reduce del 35 al 1 por ciento el tipo del Impuesto sobre Sociedades para las instituciones de inversión colectiva de carácter inmobiliario, e desarrollen su actividad de promoción de viviendas para destinarlas con carácter exclusivo al arrendamiento.
La Comisión de Economía y Hacienda tendrá listo para su aprobación el Poyecto de Ley el próximo día 21 y una semana después será refrendado por el Pleno de la Cámara baja.
Para aquellas otras empresas que tengan como actividad económica principal el arrendamiento de viviendas, el Gobierno prevé una bonificación del 85 por ciento en la parte de cuota íntegra que corresponda a las rentas derivadas del arrendamiento.
Para poder aplicarse este especial régimen tributario será necesario que el número de viviendas ofrecidas en arrendamiento por la entidad en cada período impositivo sea igual o superior a diez y que la superficie de cada vivienda no exceda de 135 metros cuadrados, con un máximo de dos plazas de garaje.
Estas viviendas tendrán que ser ofrecidas en régimen de arrendamiento durante al menos un período de siete años. Asímismo, las entidades que adquieran viviendas para alquilar no tendrán que abonar el tipo superreducido del I.V.A. del 4 por ciento.Las otras reformas tributarias se refieren a la innovación tecnológica y el uso de las tecnologías de la información. Aquellas actividades que supongan un avance tecnológico podrán deducirse en su base un 15 por ciento, en lugar del 10 por ciento actual. Lo mismo sucederá con el importe de las inversiones y gastos relacionados con el uso de las tecnologías de la información e Internet.
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