La regulacion actual de las operaciones económicas entre profesionales y las sociedades a través de las que se relacionan con terceros exige que éstas se realicen a precio de mercado y, dadas las dificultades que plantea la determinación de cuál es este precio de mercado, se fijan una reglas de cuantificación de la retribución que tales profesionales han de percibir y que suponen unos ingresos mínimos de 44.200 euros al mes.
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