El Consejo General del Notariado creará un nuevo Índice Único Informatizado con datos con transcendencia tributaria procedentes de todos los documentos intervenidos y autorizados por los notarios. La Agencia Tributaria tendrá acceso telemático a este Índice por lo que podrá consultar toda la información con relevancia tributaria como operaciones e intervinientes de forma actualizada.
Se calcula que el nuevo Índice Único Informatizado Notarial se elaborará sobre una media anual superior a los siete millones de documentos públicos repartidos entre los casi 3.000 notarios españoles.
El Consejo General del Notariado va a crear un órgano de relación con la Agencia Tributaria denominado Órgano de Colaboración Tributaria que será el órgano de relación con la Administración Tributaria. En términos generales, este órgano comunicará a la Agencia Tributaria aquellas operaciones en las que se aprecie riesgo de fraude o posible incumplimiento del sistema tributario estatal o aduanero.
En cualquier caso, se deben comunicar las siguientes operaciones:
– Las operaciones o grupos de operaciones de importe superior a 200.000 euros que se considere que pudieran tener transcendencia tributaria al poder existir el riesgo de delito fiscal.
– El Consejo General del Notariado deberá trasladar mensualmente a la Agencia Tributaria información completa sobre las operaciones en la que alguno de los otorgantes no hubiera comunicado al notario el Número de Identificación Fiscal, o se hubiera negado a identificar o no hubiera acreditado suficientemente los medios de pago empleados. También informará de las operaciones con activos y otros valores mobiliarios que se autoricen ante notario.
– Los notarios comunicarán a la Agencia Tributaria toda la información inmobiliaria que figure en los documentos notariales en los que consten hechos, actos o negocios que afecten a sus características físicas, económicas o jurídicas, en particular en los cambios de titularidad; la obra nueva en construcción o terminada, y otras alteraciones de sus características en actos de naturaleza urbanística, así como variaciones en la composición interna o en la cuota de participación de comunidades o entidades sin personalidad jurídica.
– También se informará sobre el otorgamiento de poderes, nombramiento y cese de administradores de todo tipo de sociedades y personas jurídicas; en particular, de los datos identificativos de apoderados y administradores.
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