En breve:
En el presente artículo se revisan a la luz de pronunciamientos jurisprudenciales, la utilización de WhatsApp en el ámbito laboral, tanto su validez como medio de notificación, como su eficacia y la conveniencia o no de utilizar esta aplicación en determinadas comunicaciones internas en la empresa.
Sumario:
Validez como medio de prueba
Notificaciones por “whatsapp”
Autor:
Redacción
La aplicación de mensajería instantánea WhatsApp es en la actualidad la herramienta de comunicación más extendida entre la población y es la que cuenta con mayor el porcentaje de usuarios.
Concebida inicialmente para un uso personal, sin embargo precisamente por ser la forma de comunicación más utilizada, ha terminado también por instalarse su uso en el ámbito de la empresa con fines de notificación.
A la utilización de esta herramienta en el ámbito del trabajo se dedica el presente artículo, en el que se revisarán a la luz de pronunciamientos jurisprudenciales, tanto su validez como medio de notificación, como su eficacia y la conveniencia o no de utilizar esta aplicación en determinadas comunicaciones internas en la empresa.
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