á El total de las aportaciones anuales a planes de pensiones no podrá exceder de 7.212,15 euros (1.200.000 pesetas), si bien se incrementa en 1.202,02 euros para mutualistas o partícipes mayores de cincuenta y dos años.
á Como novedad se añade un supuesto de compensación de pagos de deudas tributarias entre cónyuges, cuando la declaración de un contribuyente casado y no separado legalmente resulte a ingresar, y la de su cónyuge, a devolver.
á En el I.R.P.F. se actualizan al 2 por 100 los coeficientes de actualización del valor de adquisición, a efectos de determinar la ganancia o pérdida patrimonial puesta de manifiesto en la transmisión de inmuebles no afectos a actividades económicas.
á Se mantienen para el ejercicio 2001 los mecanismos de compensación de deducciones en materia de inversión en adquisición y arrendamiento de su vivienda habitual.
á Se elimina la obligación de nombrar un representante a efectos de las obligaciones del IVA, para aquellos sujetos pasivos del mismo cuando estén establecidos en la Comunidad Europea, y se reduce el plazo de conservación de facturas de cinco a cuatro años.
á La Ley de Acompañamiento amplía el plazo de compensación de bases imponibles negativas a 15 años, debiendo consignarse en la liquidación o autoliquidación y compensarse a medida que se obtengan rentas positivas.
á Se incrementa el importe neto de la cifra de negocios que actúa como límite para que, aquellas empresas que no lo superen, tengan la consideración de empresas de reducida dimensión, beneficiándose de las especialidades de dicho régimen.
á Para el año 2002, el interés legal del dinero queda establecido en el 4,25 por ciento, y el interés de demora que menciona el artículo 58.2 de la Ley General Tributaria será del 5,50 por ciento.
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