Real Decreto que pone en marcha a la vez una estructura organizativa nueva, el Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
Se trata de una norma que desarrolla la Ley ordenadora del Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social, que fue aprobada durante la pasada legislatura con un elevado nivel de consenso parlamentario y con las Comunidades Autónomas.
La piedra angular del nuevo modelo organizativo de la Inspección de Trabajo establecido por dicha Ley era la transformación de la actual Dirección General de Inspección de Trabajo y Seguridad Social del Ministerio de Empleo y Seguridad Social en un Organismo Autónomo de nueva creación, el Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social, cuyos Estatutos han sido aprobados por este Real Decreto.
La creación del Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social permite configurar a ésta como un servicio común a la Administración General del Estado y a las Comunidades Autónomas, que presta servicios a cada una de las administraciones en función de las materias sociolaborales de su competencia. El nuevo organismo permitirá una mayor implicación en la Inspección de Trabajo de las Comunidades Autónomas -forman parte de su Consejo Rector- y de las organizaciones empresariales y de los sindicatos.
El Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social será además el encargado del despliegue y de la completa ejecución del Plan Estratégico 2018-2020.
El Organismo integrará a todo el personal que hasta ahora presta servicios en la Dirección General de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, unos 3000 empleados públicos entre Inspectores, Subinspectores y personal de apoyo. Asimismo, estará desplegado en las 17 Comunidades Autónomas, en todas las provincias españolas, y en las Ciudades de Ceuta y Melilla.
Dentro del Organismo se crea la Oficina Nacional de Lucha contra el Fraude, que permitirá una colaboración institucional más intensa con las comunidades autónomas y con otros organismos implicados (Agencia Estatal de Administración Tributaria, Fuerzas y Cuerpos de la Seguridad del Estado, Fiscalía General del Estado, Juzgados y Tribunales).
Además, la Oficina Nacional será el organismo español de enlace con la Plataforma Europea contra el trabajo no declarado en el ámbito de la Unión Europea que ha entrado en funcionamiento en mayo de 2016.
Para la elaboración del Plan y los Estatutos se ha contado con la participación de las Comunidades Autónomas. Asimismo, el texto se ha presentado a los interlocutores sociales, y se ha debatido en la Comisión Consultiva Tripartita de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
La aprobación del Plan Estratégico y la entrada en funcionamiento del nuevo Organismo permitirán hacer de la Inspección de Trabajo una estructura administrativa mejor organizada, relacionada de una forma más directa con las comunidades autónomas y con los interlocutores sociales y, sobre todo, más capacitada para ofrecer un servicio público de calidad a las empresas y a los trabajadores.
(Fuente:LaMoncloa)