SECCIÓN: A EXAMEN
AUTOR: Ecija, Mejor firma Economía Digital en el mercado español.
EN BREVE:
Este año 2021 será crucial de cara a la final aplicación del nuevo Plan de Igualdad en nuestro tejido empresarial.
DESTACADOS:
- “Es importante señalar que todas las empresas, con independencia del número de trabajadores, deben: adoptar, previa negociación, medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres”
- “En las empresas con menos de 50 empleados la elaboración e implantación de planes de igualdad será voluntaria”
- “El periodo de vigencia de los planes de igualdad será determinado, en su caso, por las partes negociadoras”
SUMARIO:
- ¿Cuándo entra en vigor?
- ¿Qué empresas están obligadas a contar con un Plan de Igualdad?
- ¿Caben Planes de Igualdad para Grupos de Empresas?
- ¿Cómo se tiene que realizar el cómputo de trabajadores?
- ¿Cómo se configura la comisión negociadora?
- ¿Cuál es el nuevo contenido del Plan de Igualdad?
- ¿Qué vigencia deben tener los Planes de Igualdad?
- ¿Qué ocurre si en mi empresa ya se tiene aprobado un Plan de Igualdad?
- ¿Cuándo entra en vigor?
- Los principios de transparencia e igualdad retributiva, ¿qué suponen a las empresas?
- ¿Qué contenido debe tener la auditoria retributiva?
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