1. Obligación de presentar autoliquidación y excepciones a la obligación
En las sucesivas Leyes que han regulado el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (Ley 40/1998, de 9 de diciembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas; Real Decreto Legislativo 3/2004, de 5 de marzo, que aprueba el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas; y Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) se establece la obligación general de todos los contribuyentes de presentar autoliquídación por el impuesto. Sin embargo, esta obligación general se ve matizada por la inclusión de supuestos en los que no existirá tal obligación.
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