El artículo 72 de la Ley General Tributaria prevé un supuesto de sucesión en las deudas y responsabilidades tributarias que afecta a las personas físicas, jurídicas o entidades que suceden en la titularidad de una explotación o actividad económica.
Para dotar de mayor seguridad a las personas que pudieran estar interesadas en la adquisición de una explotación o actividad económica, es posible que los interesados en adquirir la misma soliciten un certificado de las deudas y cargas tributarias de la explotación económica a la Administración tributaria (en este caso al Ayuntamiento al solicitar información sobre tributos locales). La solicitud de esta certificación debe ir acompañada de la autorización del titular actual de la misma.
En el caso de que la Administración emitiese una certificación negativa o no emitiera ninguna certificación en el plazo de dos meses, el adquirente de la explotación económica quedará exento de responsabilidad.
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