La Resolución de 12 de enero de la Dirección General de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (B.O.E. núm 16, de 19 de enero) aprobó el plan anual de control tributario en cumplimiento de la obligación establecida en el artículo 116 de la Ley General Tributaria. Mediante el Plan General de Control, la Agencia Tributaria planifica con carácter anual las actuaciones de control tributario y aduanero a desarrollar.
La planificación de 2010 continúa para este año las directrices fijadas en la actualización del Plan de Prevención del Fraude, y detalla las áreas de riesgo fiscal de atención preferente, clasificadas, de acuerdo con la naturaleza del control a efectuar, en control intensivo, control extensivo y control en la fase recaudatoria. El Plan también incluye las líneas de actuación coordinada entre los diferentes tipos de control y las actuaciones prioritarias a desarrollar en colaboración con las Administraciones tributarias autonómicas en el marco del control de los tributos cedidos.
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