1. INTRODUCCIÓN
El pasado 20 de julio de 2004, el Tribunal Supremo dictó Sentencia en unificación de doctrina, estimando el recurso interpuesto por la empresa «Compañía Sevillana de Electricidad I,S.A.», contra la Sentencia de 14 de febrero de 2003 dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en la que se le condenó a indemnizar por despido a cuatro de sus trabajadores que se habían acogido a un Plan de prejubilación. Este pronunciamiento viene a sumarse a otros tres que se produjeron en el pasado año y que han tenido como base de la controversia el Plan de prejubilaciones negociado por la empresa con los representantes de los trabajadores[1] .
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