La adquisición de un producto o servicio on-line legalmente tiene la consideración de compraventa a distancia.
El hecho de cliquear es igual a la tradicional firma manuscrita.
La mayoría de los contratos celebrados a través de Internet son contratos de adhesión.
El RD 1906/99 por el que se regula la contratación telefónica o electrónica con condiciones generales tiene prevista su entrada en vigor el día 1 de marzo.
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