Pueden optar por una base mínima de cotización de setecientos euros mensuales
Los trabajadores incluidos en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, dedicados a la venta ambulante o a domicilio (CNAE 52620, 52631, 52632) podrán elegir como base mínima de cotización la que esté establecida en dicho Régimen o una base equivalente con una cuantía, en el ejercicio 2008, de setecientos euros mensuales.
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