DESPIDO
Relación laboral especial de artistas. Extinción de la relación laboral de los artistas, en los casos en que se pacta que durará por todo el tiempo que la obra permanezca en cartel (contrato para obra determinada). La normativa especial admite la contratación temporal como regla general y que los contratos de duración determinada (temporales) pueden ser para una o varias actuaciones, por un tiempo cierto, por una temporada o por el tiempo que una obra permanezca en cartel. Al concertarse un contrato por el tiempo que la obra permaneciera en cartel, el contrato está vigente sucesivas temporadas, mientras la obra permanezca en cartel. Sentencia del Tribunal Supremo de 26 de noviembre de 2012.
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