Despido por motivos disciplinarios con ocasión del uso por parte de los trabajadores,para fines particulares, de los medios informáticos facilitados por las empresas. Prueba obtenida ilícitamente al vulnerar el derecho a la intimidad de los trabajadores. No consta que, de acuerdo con las exigencias de la buena fe, la empresa hubiera establecido previamente algún tipo de reglas para el uso de dichos medios ni tampoco que se hubiera informado a los trabajadores de que se iba a proceder al control. Sentencia del Tribunal Supremo de 8 de marzo de 2011.
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