01 El éxito de la acción basada en el art. 50 ET exige que el contrato esté vivo en el momento de dictarse la sentencia,porque la sentencia tiene en estos supuestos carácter constitutivo. No se puede declarar que un contrato se extingue desde la fecha de la sentencia si ya había fenecido anteriormente por mor de una legítima decisión administrativa dictada en el marco de un ERE.Sentencia del Tribunal Supremo de 26 de octubre de 2010.
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