Alertas Jurídicas jueves , 21 noviembre 2024
Inicio » Actualidad Fiscal » Se aprueba el modelo 190 y se adelanta a 31 de enero el plazo de presentación de los modelos 171, 184, 345 y 347.

Se aprueba el modelo 190 y se adelanta a 31 de enero el plazo de presentación de los modelos 171, 184, 345 y 347.

La entrada en vigor de la modificación del plazo de presentación del modelo 347 se pospone hasta el 1 de enero de 2018, siendo de aplicación por tanto a la declaración anual de operaciones con terceras personas del ejercicio 2018, a presentar en 2019.

 

El BOE de 18 de noviembre de 2017, publica la Orden HFP/1106/2017, de 16 de noviembre, por la que se modifica la Orden EHA/3127/2009, de 10 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 190 para la declaración del resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas sobre rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta y los plazos de presentación de los modelos 171, 184, 345 y 347.

La Orden aprueba un nuevo modelo 190, adaptado a las últimas modificaciones normativas que actualiza y sustituye al aprobado por la Orden EHA/3127/2009, de 10 de noviembre, así como los diseños físicos y lógicos del modelo.

Con el fin de homogenizar los plazos de presentación de las declaraciones informativas y mejorar la calidad de los datos fiscales se anticipan los plazos de presentación de los modelos 171, 184, 345 y 347 al mes de enero de cada ejercicio.

Según expresa la exposición de motivos de la norma, uno de los principales objetivos de la Agencia Tributaria es el de facilitar a los contribuyentes la cumplimentación de sus declaraciones tributarias, y en el caso de que estas resulten a devolver, efectuar, en la medida de lo posible, cuanto antes dicha devolución. Este objetivo alcanza su máxima expresión en el caso del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Así, en las próximas campañas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, la Administración Tributaria tiene previsto anticipar el plazo de presentación de la autoliquidación por este impuesto, con el fin de que los contribuyentes puedan solicitar y obtener su devolución cuanto antes. Para ello es imprescindible que la Administración Tributaria disponga de la información que proporcionan los modelos 171, 184, 345 y 347 lo antes posible, para lo cual se anticipa en esta orden ministerial el plazo para su presentación al 31 de enero, si bien la entrada en vigor de la modificación del plazo de presentación del modelo 347 se pospone hasta el 1 de enero de 2018, siendo de aplicación por tanto a la declaración anual de operaciones con terceras personas del ejercicio 2018, a presentar en 2019. De esta forma, se podrán depurar los datos y realizar las pruebas necesarias para detectar errores y omisiones, y poder ofrecer a los contribuyentes su borrador del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o sus datos fiscales, con mayor anticipación.

 

Deja un Comentario

Tu dirección de email no será publicada.

Contenidos relacionados

Ver Todos >>

Los efectos de la sentencia del Constitucional del impuesto de «plusvalía»

Los efectos de la sentencia del Constitucional del impuesto de «plusvalía»

SECCIÓN: ACTUALIDAD FISCAL AUTORA: María José Tarancón Rodríguez, abogada, dra. en derecho y economista. Socia fundadora y CEO de CONSULTING Y GESTIÓN INTEGRAL 87 SL.: EN BREVE: “Siguen siendo impugnables las liquidaciones que se fundamenten en la inexistencia de incremento de valor” DESTACADOS: El sistema objetivo de cálculo de la base imponible del Impuesto sobre el Incremento de Valor de ... Leer Más »

Reforma del impuesto municipal de plusvalía: pasado, presente y futuro

Reforma del impuesto municipal de plusvalía: pasado, presente y futuro

AUTOR: Ángel Rivas, Estudio Jurídico Almagro EN BREVE: Si el inmueble fue adquirido por herencia, donación u otro título lucrativo, se comparará el valor declarado en su día, por la adquisición, en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones SUMARIO: Antecedentes y regulación Objeto del Impuesto Determinación de la plusvalía Sentencias del TC ¿Puede un Ayuntamiento seguir cobrando el Impuesto, aunque ... Leer Más »

Aumento de los expedientes de Derivación de responsabilidad contra los administradores de empresas ¿afán recaudatorio por parte de la Agencia Tributaria?

Aumento de los expedientes de Derivación de responsabilidad contra los administradores de empresas ¿afán recaudatorio por parte de la Agencia Tributaria?

AUTORA: Paloma López Benito, asesor fiscal de empresas y particulares en LABE Abogados EN BREVE: De un tiempo a esta parte se ha puesto de manifiesto el incremento del uso de la figura de la derivación de responsabilidad por parte de la Agencia Tributaria, el uso de este procedimiento había aumentado un 119% en 2019 con respecto a 2018, y ... Leer Más »

Ver más contenidos en esta categoría >>

Comparte este artículo

¡Comparte este contenido con tus amigos!

Fiscal & Laboral al día