Alertas Jurídicas sábado , 23 noviembre 2024
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SOBRE LA SUPRESIÓN DEL IMPUESTO DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS

Dedicamos estas líneas a la reforma de la financiación de las Haciendas Locales, aprobada recientemente por el Gobierno, que finalmente ha permitido a éste cumplir con su promesa electoral de suprimir el pago del Impuesto sobre Actividades Económicas (I.A.E.) para el 92,6% de las empresas españolas. A partir del próximo 1 de enero de 2003, las entidades locales dejarán de percibir este gravamen a cargo de los trabajadores autónomos y pymes con una facturación inferior a un millón de euros.

 

Además, todas las empresas, independientemente de su tamaño, no deberán tributar por este impuesto durante el primer año de su actividad, y, hasta el sexto ejercicio, únicamente deberán liquidar el 50% de la cuota que abonan en la actualidad. Ahora bien, las compañías que superen el tope de cifra de negocio de un millón de euros sí verán incrementada su factura por el I.A.E., entre un 10% y un 30%. Ello es así puesto que la idea que quiere transmitir el Ejecutivo mediante estas modificaciones es que, cuanto mayor y más facture la empresa, más impuesto pagará.

 

Asímismo, debe ser bienvenida la medida que dota a los Ayuntamientos de capacidad para introducir otras bonificaciones adicionales. Por ejemplo, las compañías que asuman gastos en materia de protección medioambiental, o que utilicen o produzcan energías renovables, podrán ver rebajado en un 50% el pago de este tributo. También se prevé que el gasto en guarderías ahorre impuestos a las empresas que adopten este tipo de iniciativas.

 

La pregunta que surge es inevitable: ¿cómo compensarán los Ayuntamientos esta importante disminución de su capacidad financiera? A pesar de que el Ministro de Hacienda ha asegurado que se garantizará la cobertura del impuesto suprimido por medio de los nuevos tributos que recibirán las entidades locales, a través de los Impuestos del Estado cedidos (el 1,7% del I.R.P.F., el 1,8% del I.V.A. y el 2% de los Impuestos Especiales) y a través de un crédito ampliable que ya ha sido recogido en los Presupuestos Generales del Estado, siguen quedando numerosos interrogantes por responder.

 

Otro tanto ocurre con la reforma del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, que según el Gobierno supondrá un ahorro para las familias españolas de 3.000 millones de euros (el 11,1% de media) ¿Y cómo prevé compensar la Agencia Tributaria el impacto de esta nueva rebaja fiscal? Con el avance de los impuestos indirectos –“los que ingresa el contribuyente en el momento de realizar una compra-.

 

Según las previsiones, el Impuesto sobre el Valor Añadido debe aumentar el próximo año en un 8,4%, puesto que dicha mejora sobre la renta familiar permitirá incrementar el consumo por parte de los ciudadanos, y, con ello, pagar mayores impuestos –“los que se aplican en cada compra-. Asímismo, los Impuestos Especiales -los que gravan el alcohol, el tabaco y los hidrocarburos- deberían crecer un 5,3 %.

 

En nuestro entender, la eliminación del Impuesto sobre Actividades Económicas, cuyo hecho imponible, recordemos, está constituido -todavía- por el mero ejercicio en territorio nacional de actividades empresariales, profesionales y artísticas, debe suponer una ventaja para el contribuyente, por lo que debemos esperar que ello no suponga un nuevo –catastrazo– o un incremento de las tasas municipales, entre otras alternativas. Como siempre, estaremos alerta, para mantenerles informados.

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