La Administración puede autorizar la aplicación de un régimen de deducción común a los sectores diferenciados de la actividad empresarial o profesional del sujeto pasivo, determinados únicamente por la aplicación de lo dispuesto en el artículo 9.1 c), a) de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido.
La autorización no surtirá efectos en el año en que el montante total de las cuotas deducibles por la aplicación del régimen de deducción común exceda en un 20 por cien al que resultaría de aplicar con independencia el régimen de deducciones respecto de cada sector diferenciado. La autorización concedida continuará vigente durante los años sucesivos en tanto no sea revocada o renuncie a la misma el sujeto pasivo.
La solicitud se formulará ante la Delegación o Administración de la Agencia Estatal de Administración tributaria en cuya circunscripción territorial radique el domicilio fiscal del sujeto pasivo y, salvo acuerdo expreso, se entenderá concedida en los términos solicitados cuando hubiere transcurrido un mes desde su presentación.
Siguiendo con la línea iniciada en esta materia en los artículos de A FONDO, a continuación se incluye un modelo de solicitud de autorización para la aplicación de un régimen de deducción común en el Impuesto sobre el Valor Añadido, en sectores diferenciados de la actividad empresarial o profesional.
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