El artículo 93 del RD 1775/2004, de 30 de julio, que aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en su redacción dada por el RD 1576/2006, de 22 de diciembre, por el que se modifican, en materia de pagos a cuenta, el Reglamento del IRPF prevé que los pagos derivados de determinadas actividades económicas que determinen sus rendimientos mediante el método de estimación objetiva serán objeto de retención del 1 por ciento sobre los íngresos íntegros satisfechos.
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