- En España existen más de dos millones de personas que posiblemente tendrán enormes dificultades a la hora de solicitar cualquier tipo de crédito o préstamo personal, debido a estar incluido en uno de los llamados «ficheros de morosos.»
- Con la denominación registros de morosos nos referimos a aquellos ficheros o registros en los que se recogen datos sobre deudas vencidas y no pagadas.
- Sólo se podrán registrar y ceder los datos de carácter personal que sean determinantes para enjuiciar la solvencia económica de los interesados. y que no se refieran, cuando sean adversos, a más de seis años.
- Se debe notificar la inclusión en el fichero en el plazo de treinta días desde la misma, y, si el interesado lo solicita, el nombre y dirección de la personas o entidades a quienes se hayan revelado los datos.
- El afectado cuyos datos han sido incluidos en un registro de estas características puede ejercitar, a través de unas cartas tipo, sus derechos de acceso, rectificación y cancelación.
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