AUTOR: Fernando Vizcaíno de Sas es Socio Laboral ECIJA.
EN BREVE:
“El trabajo a distancia, entendido como trabajo que se realiza fuera de los establecimientos y centros habituales de la empresa y del que el teletrabajo es una subespecie que implica la prestación de servicios con nuevas tecnologías…” (Punto I de la exposición de motivos del RDL 28/20 de 22 de septiembre 2020).
SUMARIO:
- Introducción
- Definición
- Exclusiones
- Principios que lo inspiran
- Entrada en vigor
- Acuerdo de Trabajo a Distancia (ADT)
- Derechos
- Deberes
- Negociación colectiva
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