Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Asturias de 16 de marzo de 2005. La cuestión que se plantea en este expediente es la de determinar la validez de la aplicación por parte de una sociedad de unos coeficientes de amortización superiores a los máximos previstos en las tablas aprobadas reglamentariamente. La justificación dada por el sujeto pasivo para la aplicación de coeficientes superiores a los previstos oficialmente se basa en el importante desgaste sufrido por los bienes del activo material.
La Sentencia sigue, sin embargo, los criterios expuestos por la Administración que se basan en la normativa incluida en la Ley 61/1978. Si la sociedad considera que los elementos de su inmovilizado material están sometidos a una amortización técnica o económica distinta de la derivada de la aplicación de las tablas, se tendría que haber acogido a la posibilidad de presentar un plan especial de amortización que contemplara tales circunstancias para la aceptación por parte de la Administración.
La solución propuesta por la Sentencia podría ser diferente en el supuesto de que los hechos se hubieran realizado a partir del 1 de enero de 1996, una vez en vigor la Ley 43/1995, de 27 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades o el vigente Real Decreto Legislativo 4/2004 que posibilitan utilizar como criterio de amortización el de la depreciación efectiva que podrían demostrarse mediante cualquier prueba admitida en derecho como, por ejemplo, el peritaje.
Base de datos Fiscal-Laboral al día marginal 227871
#ads1{display: none !important;}
#ads2{display: none !important;}
#ads3{display: none !important;}
#ads4{display: none !important;}
/*.code-block {display: none !important;}*/
#economist-inarticle{display: none !important}
#publicidad{display:none;}
#cortardivhglobal{display: none !important;}
¿Quieres seguir leyendo?
Suscríbete a Fiscal al día desde