Sentencia del Tribunal Supremo de 5 de julio de 2003
En este supuesto, el Alto Tribunal declara nula la liquidación presentada por el sujeto pasivo en concepto del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, al considerar que el reconocimiento anterior, por parte de la Administración Tributaria, de la condición de residente en Suiza del contribuyente impide aceptar el cambio de criterio que supone considerarla posteriormente como residente en España, con obligación personal de tributar, puesto que dicho reconocimiento es un hecho propio de carácter concluyente, cuyas consecuencias deben ser asumidas por la Administración, y en base a ello desestima el presente recurso de casación.
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