DESPIDODespido declarado improcedente. Ejecución provisional de sentencia con opción de readmisión rechazada por el trabajador que se jubila antes de que recaiga sentencia de despido. Derecho de opción en la ejecución definitiva de la sentencia. Que el sentido de la opción no pueda ser alterado cuando se confirme la resolución no significa que se exima al empresario de la doble obligación de optar y de comunicar por escrito dicha opción al trabajador en el plazo de diez días desde la firmeza de la sentencia. Sentencia del Tribunal Supremo de 4 de marzo de 2014.
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