Desde el Departamento de Gestión Tributaria se han emitido las instrucciones que se adjuntan en PDF que resuelven una serie de cuestiones censales que plantea la modificación de la tributación de las sociedades civiles con objeto mercantil. Entre otras, las declaraciones censales (modelo 036) que durante los 6 primeros meses de 2016 pueden presentar las sociedades civiles existentes, según la situación de que se trate y que puede consistir en:
1. Sociedades civiles que no se disuelvan y que pasen a tributar por el Impuesto sobre Sociedades.
2. Sociedades civiles que se disuelvan y liquiden.
3. Sociedades civiles que pretendan transformarse en comunidades de bienes.
4. Sociedades civiles que se transformen en sociedades limitadas.
5. Sociedad civil que comunica un cambio de actividad económica.
6. Sociedad civil profesional que no figuren como tal.
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