DESPIDO OBJETIVO
Falta de puesta a disposición de la indemnización. Cumplimiento de los requisitos formales propios de la extinción del contrato de trabajo por causas objetivas, y en concreto, a la excepción legal relativa a la posibilidad de no poner a disposición del trabajador despedido la indemnización en el momento de notificación de la decisión extintiva cuando la causa o razón del despido obedece a causas empresariales y ello ha conducido a una situación de falta de liquidez. Debe distinguirse la iliquidez existente en el momento de la entrega de la carta de despido, de la mala situación económica de la empresa que constituye una causa objetiva del despido. Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Asturias de 20 de septiembre de 2013.
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