JUBILACIÓN PARCIAL
Cese en la empresa de jubilado parcial que mantenía un contrato a tiempo parcial con la misma empresa en un 15% suscrito simultáneamente con un contrato de relevo al amparo de lo previsto en el articulo 12.6 ET. Se determina si la suscripción de otro contrato a tiempo parcial con una empresa diferente y con igual jornada supone una causa de extinción de la jubilación parcial. Aunque el artículo 16 del R.D. 1131/2002 dice que la extinción del contrato a tiempo parcial de jubilado supone la extinción de la pensión, en este caso tal situación no se produjo, porque ese inicial contrato a tiempo parcial que motivó la suscripción del contrato de relevo fue sustituido por otro de la misma naturaleza, aunque en otra empresa. Sentencia del Tribunal Supremo de 5 de noviembre de 2012.
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